viernes, 26 de junio de 2009

Anexo 2. Tipos de transacciones en las cuales se aplica la determinación del precio de transferencia.


La OCDE clasifica las transacciones a las que se pueden aplicar los métodos de valoración en los siguientes grupos:

· Venta de bienes tangibles
· Alquiler de propiedades intangibles
· Venta de bienes intangibles
· Cesión de uso de bienes intangibles
· Remuneración por el uso del capital (Intereses)

Para lo cual se recomienda los siguientes métodos:
a. Transferencia de bienes tangibles: Precio controlable no comparado, precio de reventa, precio incrementado en el margen de utilidad y cualquier otro método aceptable.
b. Transferencia de tecnología: Se abstiene de recomendar un método concreto y recomienda utilizar varios para llegar a una aproximación valida.
c. Transferencia de marcas: Puede ser adecuado comparar el volumen de ventas, precios aplicados y utilidades obtenidas en los productos análogos que no la llevan.
d. Transferencia de servicios: Si pueden individualizar, la imputación debe hacerse sobre una base directa, de lo contrario se utilizaran métodos de reparto en funciones de las ventas recibidas por cada empresa.Prestamos: Para los intereses pagados, la valoración debe hacerse con el tipo de interés de mercado o de plena concurrencia

1 comentario:

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